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Estatutos

¿Qué es el Consejo Directivo?

 

Es el órgano ejecutivo de la Asamblea General del Colegio de Arquitectos del Estado de Jalisco A.C. entre sus funciones generales tiene la representación del mismo y la dirección administrativa del Colegio.

 

Para ser parte del Consejo Directivo se requiere ser miembro de número activo con antigüedad minima de 6 años continuos (para el caso del Presidente, Secretario General y Tesorero) y para el resto del Consejo Directivo una antigüedad minima de 4 años.

 

El Consejo Directivo se integra por

 

  • Presidente del Colegio

  • Secretario General

  • Subsecretario

  • Tesorero

  • Subtesorero

  • Vicepresidente de acción gremial

  • Vicepresidente de desarrollo profesional

  • Vicepresidente de especialidades

  • Vicepresidente de relaciones institucionales

  • Vicepresidente de acción cultural

  • Vicepresidente de representaciones

  • Presidentes de delegaciones

 

No pueden fungir como miembros del Consejo Directivo agremiados que desempeñen funciones de serviidor público en cualquier nivel de la administración pública federal, estatal o municipal, de los poderes ejecutivo, legislativo o judicial o funcionarios universitarios cuyas funciones principales sean la administración general de las instituciones.

 

Funciones

 

  1. Nombrar miembros de las comisiones de trabajo y asesores tecnicos así como autorixzar la contratacion y fiar la remuneración del personal.

  2. Llevar la administración general y contabilidad del Colegio para su aprobación por al Asablea

  3. Rendir anualmente un informe detallado de las actividades realizadas.

  4. Presentar anualmente ante la Asamblea General los lineamientos generales de los programas financieros, economicos, sociales, culturales, etc.

  5. Convocar a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias

  6. Designar a las personas que deberán representar al Colegio ante los organismos públicos y/o privados

  7. Representar al Colegio ante toda clase de autoridades civiles, penales y administrativas

  8. Promover la realización de objetivos del Colegio en la forma y terminos que establecen los presentes Estatutos.

  9. Tener a su cargo y ser responsable de las oficinas e instalaciones, y en general del patrimonio del Colegio.

  10. Delegar en los miembros del Consejo Directivo las facultades y obligaciones que se estimen pertinentes

  11. Proponer a la Asamblea General las cuotas ordinarias y extraordinarias.

  12. Vigilar que se haga el debido uso del nombre, del emblema y de la representación oficial del Colegio.

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